Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
08-01-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090108-0064

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

VILLAMANTA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno del Ayuntamiento de Villamanta (Madrid), en su sesión ordinaria de fecha 26 de septiembre de 2008, entre otros asuntos, acordó:

Primero.—Determinar que el concejal responsable del Área de Funcionamiento Interno realice sus funciones en régimen de dedicación exclusiva, puesto que en su Concejalía deberá abarcar el desarrollo y coordinación de los distintos servicios y asuntos municipales, así como el despacho de las reclamaciones y quejas que se presenten, según consta en la Resolución de Alcaldía número 419/2008, de 28 de julio, lo que exige tener una presencia efectiva total en el Ayuntamiento de Villamanta de cuarenta horas semanales.

Segundo.—Establecer a favor del concejal responsable del Área de Funcionamiento Interno, quien desempeñará sus cargos en régimen de dedicación exclusiva, las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en 14 pagas, 12 correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, dándole de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.

El cargo electo responsable del Área de Funcionamiento Interno percibirá una retribución anual bruta de 19.600 euros (1.400 euros/mes), si bien percibirá dichos emolumentos y se le dará de alta en la Seguridad Social a partir del mes de octubre del presente año.

Lo que se publica para su general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

En Villamanta, a 15 de diciembre de 2008.—El alcalde, Pedro Luis Dorado del Álamo.

(03/176/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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