Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
07-01-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090107-0222

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

COLMENAR DE OREJA

RÉGIMEN ECONÓMICO

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 11 de diciembre de 2008, aprobó el calendario fiscal para el ejercicio 2009, según el siguiente detalle:

— Se establecen cuatro períodos de cobranza, distribuidos de la siguiente forma:

Primer período: del 27 de febrero al 27 de abril.

Segundo período: del 3 de julio al 3 de septiembre.

Tercer período: del 17 de septiembre al 17 de noviembre.

Cuarto período: del 22 de octubre al 22 de diciembre.

— La distribución de los impuestos y las tasas en los cuatro períodos de cobranza es la siguiente:

Primer período:

l Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica 2009.

Segundo período:

l Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana 2009.

Tercer período:

l Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica 2009.

l Impuesto sobre actividades económicas 2009.

Cuarto período:

l Basuras 2009.

l Alcantarillado 2009.

l Vado permanente 2009.

l Tasa cementerio 2009.

El resto de los impuestos y tasas serán notificados individualmente.

Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Colmenar de Oreja, a 12 de diciembre de 2008.—La alcaldesa-presidenta, María del Pilar Algovia Aparicio.

(02/16.665/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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