Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
06-01-2009

Sección 2.110.60.5: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090106-0001

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE FOMENTO

Dirección General de Carreteras

Demarcación de Carreteras del Estado
en Andalucía Occidental

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental. Resolución de reclamación de indemnización por daños a los elementos de la carretera.

Se comunica a los interesados indicados en la relación final: Resolución de reclamación de indemnización por daños ocasionados, conforme a lo dispuesto en los artículos 34.2 de la Ley de Carreteras 25/1988, de 29 de julio; 113.3, 115 y 117 del Reglamento General de Carreteras (Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre).

Se acuerda dar un plazo de quince días hábiles a partir de la ­presente publicación para hacer efectivo el pago de los daños. Transcurrido ese plazo sin haber efectuado el mismo, se procederá de acuerdo con lo dispuesto a estos efectos en el Reglamento de Recaudación por Vía Ejecutiva. El importe de los daños causados deberá abonarlo mediante la presentación del documento de ingreso, modelo 069 en el lugar y forma que se indica en el mismo, pudiéndose obtener en la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental, avenida Américo Vespucio, número 5, 41071 Sevilla, debiendo indicar como referencia el número de expediente (Orden del Ministerio de la Presidencia 23945, de 29 de diciembre, “Boletín Oficial del Estado” número 313, de 31 de diciembre de 2003, Orden PRE/3662/2003).

Contra la presente resolución podrá interponerse en el plazo de un mes a partir de la presente publicación recurso de alzada ante el excelentísimo señor Ministro de Fomento.

Relación de notificados: José Pérez Cortés. Número de expediente: 125/2004. Importe: 829,23 euros.

Sevilla, a 21 de noviembre de 2008.—El ingeniero de la Demarcación, Pedro C. Rodríguez Armenteros.

(02/16.598/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.60.5: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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