Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090106-0164
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 21 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 745 de 2008-B de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Max Kenji Ccapa Vitor, contra la empresa “Talleres Gometal, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado con esta fecha auto, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: Parte dispositiva: 1.o Declarar extinguida la relación laboral que unía a don Max Kenji Ccapa Vitor, con la parte demandada “Talleres Gometal, Sociedad Limitada”. 2.o Sustituir la obligación de readmisión incumplida por la demandada por la indemnización de 1.777,50 euros. 3.o Condenar a la parte demandada “Talleres Gometal, Sociedad Limitada”, al pago en concepto de salarios de tramitación la cantidad de 8.097,50 euros, que deberá abonar a la parte demandante don Max Kenji Ccapa Vitor (205 días ´ 39,50 euros de salario/día). Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Así por este auto lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo señor don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Talleres Gometal, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 3 de diciembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado). (03/35.836/08) |

