Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
06-01-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090106-0335

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 38
DE MADRID

EDICTO

Doña Ana Isabel de la Cruz Albaladejo, secretaria judicial sustituta del Juzgado de primera instancia número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en dicho Juzgado, y con el número 1.581 de 2006, se tramita procedimiento ordinario a instancias de “Azcue y Cía, Sociedad Anónima”, contra doña Ana María Vizcaíno del Moral y doña Ana María de la Cruz Vizcaíno, en el que se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva se transcriben a continuación:

Sentencia número 228 de 2008

En Madrid, a 26 de noviembre de 2008.

Fallo

Uno.  Con estimación de la demanda interpuesta por “Azcue y Cía, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Pilar Crespo Núñez, contra doña Ana María Vizcaíno del Moral y doña Ana María de la Cruz Vizcaíno, estas dos en rebeldía

Dos.  Condeno a doña Ana María Vizcaíno del Moral y a doña Ana María de la Cruz Vizcaíno al pago de 6.504,09 euros de principal, así como al pago del interés legal sobre dicho principal desde la presentación del inicial escrito de demanda (el día 24 de noviembre de 2006), y de los intereses de la mora procesal del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la presente sentencia;

Tres.  Por último, condeno a las demandadas al pago de las costas.

Y para que conste y sirva de notificación al demandado en ignorado paradero doña Ana María Vizcaíno del Moral y doña Ana María de la Cruz Vizcaíno, expido el presente para su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 26 de noviembre de 2008.—La secretaria (firmado).

(02/16.822/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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