Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-01-2009

Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090105-0322

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Transportes e Infraestructuras

26 RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2008, de la convocatoria de subvenciones correspondiente a 2008 para la mejora de la eficiencia energética en flotas de transporte.

Mediante Orden de 31 de julio de 2008, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de agosto de 2008), se aprobaron las bases reguladoras y se efectuó la convocatoria de subvenciones correspondiente a 2008 para la implantación de tecnologías que favorezcan la eficiencia energética en flotas de transporte, abriéndose un plazo de un mes para la presentación de solicitudes.

Una vez estudiadas las solicitudes presentadas, habiendo requerido la documentación complementaria necesaria para la evaluación de las mismas y comprobado la situación de los solicitantes en relación con sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, se reunió la comisión de evaluación prevista en las bases reguladoras, a fin de valorar las solicitudes y formular la pertinente propuesta de resolución.

A la vista de la propuesta de la comisión de evaluación y de conformidad con la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; la Ley 38/2003, General de Subvenciones; la citada Orden de 31 de julio de 2008, y demás normas concordantes,

HE RESUELTO

Primero

Otorgar subvención a los siguientes solicitantes:

Segundo

Desestimar las restantes solicitudes por los motivos que a continuación se detallan:

— La de “Autocares Herranz, Sociedad Limitada”, en lo referente a la adaptación de máquinas al nuevo bonobús, por no tratarse de una tecnología de mejora de la eficiencia energética.

— La de “Automnibús Interurbanos, Sociedad Anónima”, en lo referente a la creación de una red de centralización de la información, y la de “Distribuciones y Transportistas de Productos Petrolíferos, Sociedad Anónima”, en lo referente a la implantación del sistema de gestión de flotas en uno de los vehículos solicitados, por haber iniciado la ejecución del proyecto con anterioridad a 1 de enero de 2008.

— La de “Ares Capital, Sociedad Anónima”, en lo referente a la adquisición de “hardware”, por no haber presentado tres presupuestos alternativos; y en lo referente a la realización de consultoría tecnológica y “marketing” y promoción, por no constituir gastos subvencionables.

— La de “Compañía Logística Acotral, Sociedad Anónima”, por no tener el domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid en la fecha de convocatoria, o locales de instalaciones en los que desarrolle su actividad; ni haber presentado toda la documentación en los términos que requieren las bases reguladoras.

— La de “Transportes Boyaca, Sociedad Limitada”, por no haber presentado tres presupuestos alternativos referidos al objeto de subvención.

— La de “Cermol 79, Sociedad Anónima”, por haber sido presentado fuera del plazo previsto por la convocatoria.

Tercero

Declarar desistidos en su solicitud por no haber aportado todos los documentos necesarios para la resolución de la misma, pese a haber sido requerido para ello, a “Tracción y Logística, Sociedad Anónima”.

Cuarto

El abono de las subvenciones otorgadas queda condicionado a la presentación de los justificantes de realización de los proyectos o de aval por el importe de la subvención hasta el 12 de diciembre de 2008.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Consejero de Transportes e Infraestructuras, en el plazo de un mes, desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, a 22 de noviembre de 2008.—El Consejero de Transportes e Infraestructuras, PDF (Orden de 1 de julio de 2008), el Director General de Transportes, Ángel Yuste Castillejo.

(03/37.085/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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