Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090105-0320
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C) Otras Disposiciones Consejería de Transportes e Infraestructuras
Mediante Orden de 31 de julio de 2008, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de agosto de 2008), se aprobaron las bases reguladoras y se efectuó la convocatoria de subvenciones correspondiente a 2008 para la adquisición de vehículos industriales alimentados con energías alternativas y para la instalación de estaciones de llenado eléctricas, de gas natural, de gases licuados del petróleo o de hidrógeno, abriéndose un plazo de un mes para la presentación de solicitudes. Una vez estudiadas las solicitudes presentadas, habiendo requerido la documentación complementaria necesaria para la evaluación de las mismas y comprobado la situación de los solicitantes en relación con sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, se reunió la comisión de evaluación prevista en las bases reguladoras, a fin de valorar las solicitudes y formular la pertinente propuesta de resolución. A la vista de la propuesta de la comisión de evaluación, y de conformidad con la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; la Ley 38/2003, General de Subvenciones; la citada Orden de 31 de julio de 2008, y demás normas concordantes, HE RESUELTO Primero Otorgar subvención a los siguientes solicitantes: Segundo Desestimar las restantes solicitudes por los motivos que a continuación se detallan: — A la Empresa Municipal de Transportes de Madrid para la instalación de una estación de carga eléctrica y para la adquisición de 10 vehículos eléctricos, y a “Urbaser, Sociedad Anónima”, para la adquisición de dos vehículos, por haber ejecutado los proyectos con anterioridad a la presentación de la solicitud. — A “Gas Natural Soluciones, Sociedad Limitada”, para la instalación de dos estaciones de llenado de gas natural, por no acreditar la titularidad de las instalaciones que son objeto del proyecto. — A don José Luis Rodríguez Delgado para la adquisición de un vehículo, por no tratarse de un vehículo alimentado con energías alternativas en los términos previstos por las bases reguladoras. — A “Compañía Logística Acotral, Sociedad Anónima”, para la adquisición de vehículos, por no tener el domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid en la fecha de convocatoria, o locales o instalaciones en los que desarrolle su actividad; ni haber presentado toda la documentación en los términos que requieren las bases reguladoras. — A don Matías Gómez Domínguez, por haber presentado la solicitud fuera del plazo estipulado por la convocatoria. Tercero El abono de las subvenciones otorgadas queda condicionado a la presentación de los justificantes de adquisición de los vehículos o realización de las instalaciones y de los gastos relacionados con las mismas, en los términos exigidos por las bases de la convocatoria. Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Consejero de Transportes e Infraestructuras, en el plazo de un mes, desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir. Madrid, a 13 de noviembre de 2008.—El Consejero de Transportes e Infraestructuras, PDF (Orden de 1 de julio de 2008), el Director General de Transportes, Ángel Yuste Castillejo. (03/37.084/08) |

