Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090105-0228
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 132 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gloria Polo Rodríguez, contra la empresa “Construcciones Rolmar, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado auto de embargo de inmuebles, cuya parte dispositiva es la siguiente: Auto En Madrid, a 3 de diciembre de 2008. Parte dispositiva: Se acuerda: a) El embargo del bien inmueble que se describe urbana: número 27, “local 1”, situada en la planta de sótano del edificio, sito en la calle Cruz Antigua, número 17. Que la descripción tomada del tomo 1994, libro 417, folio 80 inscripción primera, del Registro de la Propiedad de Ciempozuelos, Comunidad de Madrid, como propiedad de “Construcciones Rolmar, Sociedad Anónima”, con cédula de identificación fiscal A28710002 para responder de la cantidad de 24.862,39 euros en concepto de resto de principal, más 2.566,16 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancias de doña Gloria Polo Rodríguez, contra “Construcciones Rolmar, Sociedad Anónima”. b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes, y en su caso de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación. c) Requerir a la ejecutada, para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo Fundamento Jurídico del presente auto. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: Contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación. Así, por este auto, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social María Isabel Saiz Areses. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Rolmar, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 3 de diciembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado). (03/36.329/08) |