Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-01-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090105-0136

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 6 DE BILBAO

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Helena Barandiarán García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Bilbao (Bizkaia).

Hago saber: Que en autos número 792 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña Rocío Polvorinos Gento, contra la empresa “Dasa Ediciones y Colecciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado los siguientes auto y providencia, cuyas partes dispositivas dicen así:

Parte dispositiva:

Se tiene por desistida la demanda en el presente proceso respecto del demandado don Santiago Cuadrado Zamorano.

Continúese el proceso respecto de las demandadas “Reisa, Sociedad Anónima”, “Dasa Ediciones y Colecciones, Sociedad Limitada”, y “Dasa Gestión Bilbao, Sociedad Limitada”.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, con expresión de la infracción que se imputa a la resolución impugnada (artículo 452 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil), sin que su mera interposición suspenda la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este su auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima señora magistrada-juez, doña María Encarnación de Miguel Bargueño.—Doy fe.

Providencia

Ilustrísima señora magistrada-juez de lo social, doña María Encarnación de Miguel Bargueño.—En Bilbao (Bizkaia), a 4 de diciembre de 2008.

De acuerdo con el turno establecido, se señala para el acto del juicio y, en su caso, el de previa conciliación el día 2 de febrero de 2009, a las once y veinte horas.

El acto tendrá lugar en única convocatoria en la Sala de audiencias de este Juzgado (Sala número 8, primera planta).

Cítese a las partes para dicho acto.

Adviértase a las partes:

1.  Que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

2.  Que si el demandante citado en forma no comparece ni alega justa causa que se lo impida se le tendrá por desistido de la demanda (artículo 83.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

3.  Que la incomparecencia injustificada de la demandada citada en forma no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Notifíquese esta resolución, sirviendo este proveído de citación en legal forma.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, con expresión de la infracción que se imputa a la resolución impugnada (artículo 452 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil), sin que su mera interposición suspenda la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo manda y firma su señoría.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Dasa Ediciones y Colecciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Bilbao (Bizkaia), a 4 de diciembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.527/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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