Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-01-2009

Sección 4.165.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090105-0021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE VIOLENCIA
SOBRE LA MUJER

JUZGADO NÚMERO 5
DE MADRID

EDICTO

Doña María Dolores Grau García-Blanco, secretaria del Juzgado de violencia sobre la mujer número 5 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en las medidas provisionales previas a la demanda número 12 de 2007 se ha dictado auto, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

“Estimar la demanda interpuesta por el procurador don Juan Luis Navas García, en nombre y representación de doña Natalia Romero García, contra don José Fernández Jiménez, estableciendo que doña Natalia Romero García podrá estar en compañía de su hijo menor de edad los fines de semana alternos desde el sábado a las once horas hasta el domingo a las veinte horas, debiendo entregar y recoger al menor en el punto de encuentro que se designe. Cuando el menor cumpla tres años de edad, la demandante podrá estar en compañía de su hijo la mitad de las vacaciones de Semana Santa y Navidad, eligiendo la demandante los años pares y el demandado los impares.

Estas medidas quedarán sin efecto si en el plazo de treinta días no se presenta la oportuna demanda de medidas paterno-filiales ante el Juzgado competente. Y todo ello sin hacer especial imposición a ninguna de las partes de las costas causadas.

Contra esta resolución no cabe recurso ordinario alguno (artículo 772.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).”

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don José Fernández Jiménez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 22 de diciembre de 2008.—La secretaria (firmado).

(03/36.822/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.165.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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