Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090102-0258
Páginas: 0
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE LLEIDA EDICTO Según lo acordado en los autos número 325 de 2008, seguidos en este Juzgado a instancias de don José Antonio Martín Pérez y don Ramón Jolí Campisto, contra “Transportes de Explosivos Armados, Sociedad Anónima”, en relación a demanda, por el presente se notifica a “Transportes de Explosivos Armados, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, la resolución dictada en los presentes autos en fecha 14 de noviembre de 2008, cuyo tenor literal de su parte dispositiva dice: Sentencia número 356 de 2008 En Lérida, a 14 de noviembre de 2008. Fallo Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don José Antonio Martín Pérez y don Ramón Jolí Campisto, contra la empresa “Transportes de Explosivos Armados, Sociedad Anónima”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a los actores las siguientes cantidades: A don José Antonio Martín Pérez: 15.116,87 euros, sin que proceda el 10 por 100 de interés por mora. A don Ramón Jolí Campisto: 14.619,04 euros, sin que proceda tampoco el 10 por 100 de interés por mora. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles de que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña; recurso que deberá anunciarse ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de notificación de la sentencia, Y si el recurrente es la empresa demandada, al tiempo de anunciar el recurso exhibirá resguardo acreditativo de la consignación en “Banesto”, en la cuenta que a tal efecto tiene abierta con el número 21970000650/325/08, de la cantidad objeto de condena, y 150,25 euros en la cuenta de este Juzgado número 21970000680/325/08, “Depósitos y suplicación”, todo ello en la oficina principal sita en la calle Françesc Maciá, números 43-45, de Lérida. Expídase testimonio de la presente resolución que se unirá a las actuaciones y llévese el original al libro de sentencias. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación en forma a la precitada, cuyo domicilio se desconoce, advirtiéndole que las sucesivas notificaciones, salvo que revistan forma de auto o sentencia se harán en estrados, y para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, expido el presente edicto en Lleida, a 14 de noviembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado). (03/35.491/08) |