Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-12-2008

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081230-0418

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 27 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 771 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Heorhiy Valchuk, contra la empresa “Divisor, Sociedad Limitada”, y don Fernando Subirats, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Se tiene por ampliada la demanda contra don Fernando Subirats, y se admite a trámite la misma, señalándose para los actos de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 19 de enero de 2009, a las nueve y treinta horas de su mañana, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Orense, número 22, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, así como del escrito de subsanación, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

No constando devuelto el acuse de recibo de la empresa demandada en el acta de conciliación, consultada la base de datos del Registro Mercantil Central aparece nueva dirección, sita en urbanización “Campo Soto”, calle Sevilla, número 15, Valdetorres de Jarama, Madrid. Cítese a la misma en dicha dirección.

A los otrosíes: Al primero, se tienen por hechas las manifestaciones. Al segundo se admite la prueba de interrogatorio de la demandada que se practicará en la persona de su representante legal que tenga facultades para absolver posiciones. Respecto a la documental solicitada:

Nóminas no ha lugar por ser documentos a disposición del trabajador y no manifestar a lo largo de la demanda que carece de ellos.

Boletines de cotización a la Seguridad Social no ha lugar por no ser necesario al objeto del pleito.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Fernando Subirats, en ignorado paradero, expido la presente para su ­inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de diciembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.423/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081230-0418