Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-12-2008

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081222-0003

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCORCÓN

URBANISMO

Por acuerdo de Pleno de esta Corporación, adoptado en sesión celebrada el día 24 de noviembre de 2008, se aprobó la rectificación de la aprobación provisional del Plan de Sectorización con Ordenación Pormenorizada de Retamar de la Huerta, de conformidad con el artículo 57.c) de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Lo que se hace público para general conocimiento, significando que el expediente al que se refiere el mencionado acuerdo queda sometido a información pública por el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que durante el expresado período de tiempo cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente en las Oficinas Municipales del Área de Desarrollo Territorial, Sección de Planeamiento y Gestión, calle Fábricas, número 8, con vuelta a calle Industrias, así como formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento, cuantas alegaciones estimen pertinentes a su derecho.

Resultando desconocido el domicilio de los interesados que al final se relacionan, sirva el presente anuncio de notificación a los mismos, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1999, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Interesados de domicilio desconocido: herederos de Ángel Cazorla Navarro.

Alcorcón, a 1 de diciembre de 2008.—La concejala-delegada del Área de Desarrollo Territorial, Natalia de Andrés del Pozo.

(02/16.371/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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