Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-12-2008

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081220-0182

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 4 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda 801 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fausto Vinicio Guaman Benítez, contra la empresa “Barnizados San Pablos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 480 de 2008

En Madrid, a 26 de noviembre de 2008.— Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrado-juez de lo social número 4 de Madrid, el juicio promovido por reclamación de cantidad a instancia de don Fausto Vinicio Guaman Benítez, asistido por la letrada señora doña Concepción Mate Piquer, frente a la empresa “Barnizados San Pablos, Sociedad Limitada”, que no comparece y con citación de Fondo de Garantía Salarial; autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente.

Fallo

Que estimando la demanda de reclamación de cantidad entablada por don Fausto Vinicio Guaman Benítez, contra la entidad “Barnizados San Pablos, Sociedad Limitada”, y con la citación de Fondo de Garantia Salarial, condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 1.166,12 euros, más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe a Fondo de Garantia Salarial.

Notifíquese esta sentencia a la partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación, siendo firme desde la fecha en que se dicta.

Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimanan, llevándose el original al Libro de Sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Barnizados San Pablos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de diciembre de 2008.— La secretaria judicial (firmado).

(03/35.231/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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