Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
18-12-2008

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081218-0141

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 56
DE MADRID

EDICTO

Don Fernando Javier Navalón Romero, secretario del Juzgado de primera instancia número 56 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 923 de 2006, seguido en este Juzgado a instancias de “Recreativos Seoane, Sociedad Limitada”, contra doña Lucía Dueñas Marcos y don Agustín Castaño Romero, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

Sentencia

Magistrada-juez de primera instancia, doña Ana Cristina Lledó Fernández.—En Madrid, a 3 de junio de 2008.

Parte demandante, “Recreativos Seoane, Sociedad Limitada”, con abogado don David Fernández Ardura y procuradora doña María Isabel Torres Ruiz, y parte demandada, doña Lucía Dueñas Marcos y don Agustín Castaño Romero, siendo objeto del juicio ordinario.

Fallo

Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora doña María Isabel Torres Ruiz, en nombre y representación de “Recreativos Seoane, Sociedad Limitada”, contra doña Lucía Dueñas Marcos y don Agustín Castaño Romero, debo absolver y absuelvo a los reseñados demandados de todos los pedimentos efectuados en su contra, y con expresa imposición de costas a la parte actora.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Lucía Dueñas Marcos y don Agustín Castaño Romero, para que sirva de notificación a los referidos demandados, y para su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, extiendo y firmo el presente en Madrid, a 12 de noviembre de 2008.—El secretario (firmado).

(02/16.286/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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