Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-12-2008

Sección 3.10.40: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081217-0028

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

Ayuntamiento de La Coruña

RÉGIMEN ECONÓMICO

Habiéndose intentado sin efecto notificar la incoación de los procedimientos sancionadores que a continuación se relacionan por infracción de la normativa vigente en materia de limpieza viaria/residuos urbanos, según dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su práctica mediante el anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, lo que se hace público para conocimiento de los interesados a quienes debe servir de notificación inicial, informándoles, asimismo, de que:

1.  Dentro del plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, podrán alegar cuanto consideren conveniente y proponer las pruebas que estimen oportunas.

2.  En el caso de no formular alegaciones, la iniciación del expediente será considerada propuesta de resolución, de acuerdo con el artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del citado Real Decreto.

Relación de presuntos infractores:

Nombre y apellidos: Ramunas Ruzgys.

Expediente número MA-257/08.

Normativa infringida: artículo 74.g) de la ordenanza municipal de gestión de residuos municipales y limpieza viaria.

Fecha infracción: 7 de septiembre de 2008.

Calificación inicial: leve.

Posible sanción: 120 euros.

La Coruña, a 30 de octubre de 2008.—El director del Área de Medio Ambiente, Sostenibilidad y Movilidad, Fernando Roade Rodríguez.

(02/15.131/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.40: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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