Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081212-0296
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C) Otras Disposiciones Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
La Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2008, examinó el expediente relativo a la subsanación de error material del Plan Parcial de Ordenación del Sector SE.14.R “Rincón de la Pila”, en el término municipal de Colmenarejo, promovido por el Ayuntamiento de Colmenarejo, adoptando Acuerdo del siguiente tenor literal: «En virtud del contenido de los informes, técnico y jurídico, de fechas 24 de septiembre y 8 de octubre de 2008, respectivamente, emitidos por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General, el 9 de octubre de 2008, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ACORDÓ Primero Rectificar el error material detectado en el Plan Parcial, consistente en la sustitución del número 175.713 por el número 167.147 en todas las hojas en las que se encuentra, en virtud de lo dispuesto en el informe técnico de la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de 24 de septiembre de 2008. Segundo Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID». En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar de la citada subsanación de error material del Plan Parcial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado. Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir. Madrid, a 17 de noviembre de 2008.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez. (03/34.572/08) |