Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-12-2008

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081212-0296

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

4564 RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2008, por la que se hace público el Acuerdo relativo a la subsanación de error material del Plan Parcial de Ordenación del Sector SE.14.R “Rincón de la Pila”, en el término municipal de Colme­narejo, promovido por el Ayuntamiento de Colmenarejo (Ac. 192/08).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2008, examinó el expediente relativo a la subsanación de error material del Plan Parcial de Ordenación del Sector SE.14.R “Rincón de la Pila”, en el término municipal de Colmenarejo, promovido por el Ayuntamiento de Colmenarejo, adoptando Acuerdo del siguiente tenor literal:

«En virtud del contenido de los informes, técnico y jurídico, de fechas 24 de septiembre y 8 de octubre de 2008, respectivamente, emitidos por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General, el 9 de octubre de 2008, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

ACORDÓ

Primero

Rectificar el error material detectado en el Plan Parcial, consistente en la sustitución del número 175.713 por el número 167.147 en todas las hojas en las que se encuentra, en virtud de lo dispuesto en el informe técnico de la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de 24 de septiembre de 2008.

Segundo

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar de la citada subsanación de error material del Plan Parcial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 17 de noviembre de 2008.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/34.572/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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