Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081212-0292
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C) Otras Disposiciones Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
La Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2008, examinó el expediente relativo al Plan Especial de Equipamiento en Suelo Urbanizable No Sectorizado, en el término municipal de Valdemorillo, promovido por el Ayuntamiento de Valdemorillo, adoptando Acuerdo del siguiente tenor literal: «En virtud del contenido del informe de fecha 21 de octubre de 2008, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General, el 22 de octubre de 2008, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.b) y 6 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, ACORDÓ Primero Aprobar definitivamente el Plan Especial de Equipamiento en Suelo Urbanizable No Sectorizado, en el término municipal de Valdemorillo, promovido por el Ayuntamiento de Valdemorillo, con las condiciones que para su desarrollo establecen los informes de la Dirección General de Evaluación Ambiental, de 25 de agosto de 2008, y del Canal de Isabel II, de 1 de agosto de 2008. Segundo Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID». En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Especial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado. Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir. Madrid, a 14 de noviembre de 2008.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez. (03/34.665/08) |