Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-12-2008

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081211-0022

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

GETAFE

PERSONAL

En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 256, correspondiente al día 27 de octubre de 2008, se publicó el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 2 de octubre de 2008, por el que se modificó inicialmente la vigente plantilla de personal del Ayuntamiento de Ge­tafe y del Organismo Autónomo “Agencia Local de Empleo y Formación”, así como la del personal eventual, según se indica a con­tinuación:

PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL

Se modifican las hojas números 4 y 5, para incorporar una plaza de coordinador de deportes, grupo A/A1, en régimen laboral.

Quedando la plantilla del siguiente modo:

Durante el plazo de exposición al público (del 28 de octubre al 15 de noviembre de 2008, ambos inclusive) no se han presentado reclamaciones contra dicho acuerdo, por lo que la mencionada modificación de plantilla queda aprobada definitivamente de conformidad con los artículos 126.3 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Lo que se publica a los indicados efectos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y para general conocimiento.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, contados ambos desde el día siguiente al de esta publicación. En el supuesto de optarse por interponer recurso potestativo de reposición, si no se notificase su resolución en el plazo de un mes, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de seis meses, contados desde el día siguiente a aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

Getafe, a 21 de noviembre de 2008.—El concejal-delegado adjunto de Función Pública y Prevención de Riesgos Laborales, Enrique Heras Moreno.

(03/33.938/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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