Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-12-2008

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081211-0016

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Sanidad

4525 ACUERDO del Consejo de Gobierno, por el que se delega en el titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria la competencia para la autorización del gasto correspondiente a las prestaciones farmacéuticas para los beneficiarios de la Seguridad Social, incluidas en las prestaciones del Sistema Nacional de Salud, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

El artículo 10.14 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, establece el derecho a obtener los medicamentos y productos sanitarios que se consideren necesarios para promover, conservar y restablecer la salud.

Con fecha 1 de noviembre de 1998 se formalizó el concierto entre el Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de la Salud, el Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social y el Presidente del Consejo General del Colegio Oficial de Farmacéuticos, por el que se fijan las condiciones para la ejecución de la prestación farmacéutica a través de las oficinas de farmacia (formalizándose con posterioridad, en 2004, un nuevo concierto entre la Consejería de Sanidad y el citado Colegio, fijando las condiciones para la colaboración de las oficinas de farmacia en el sistema sanitario de la Comunidad de Madrid).

Mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de marzo de 2002, se delegó en el Director General de Farmacia y Productos Sanitarios de la Consejería de Sanidad la competencia para la autorización del gasto, en los supuestos contemplados en los apartados a) y b) del artículo 10.2 del Decreto 37/2002, de 21 de febrero, en relación a las prestaciones farmacéuticas para los beneficiarios de la Seguridad Social, incluidas en las prestaciones del Sistema Nacional de Salud, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

En base a la nueva estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, establecida mediante el Decreto 22/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, procede delegar dichas competencias en el titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria, a quien corresponde la coordinación de las políticas de farmacia y productos sanitarios en su vertiente de gestión de la prestación, en virtud del artículo 5 del citado Decreto 22/2008.

Por otra parte, el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otro órganos de la misma Administración.

En virtud de lo que antecede, y de conformidad con lo previsto en el artículo 51.2, apartados a) y b), de la Ley 5/2007, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2008, en relación con el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Sanidad, previa deliberación en su reunión del día 27 de noviembre de 2008,

ACUERDA

Primero

Delegar en el titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria la competencia para la autorización del gasto en los supuestos contemplados en los apartados a) y b) del artículo 51.2 de la Ley 5/2007, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2008, en relación a las prestaciones farmacéuticas para los beneficiarios de la Seguridad Social, incluidas en las prestaciones del Sistema Nacional de Salud, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Dejar sin efecto la delegación establecida en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de marzo de 2002, así como cualesquiera otras que contradigan o se opongan a lo dispuesto en el presente Acuerdo.

Tercero

La presente Delegación surtirá efectos desde el día de la publicación del presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Acordado en Madrid, a 27 de noviembre de 2008.

El Consejero de Sanidad, La Presidenta,
 JUAN JOSÉ GÜEMES BARRIOS (PS Decreto 13/2008, de 25 de junio),
 el Vicepresidente y Portavoz del Gobierno,
 IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/34.834/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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