Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081210-0185
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN JUZGADO NÚMERO 2 DE POZUELO DE ALARCÓN EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Cristina Pousa Blasco, secretaria del Juzgado de primera instancia número 2 de Pozuelo de Alarcón. Hago saber: Que en el procedimiento ordinario que con el número 83 de 2007 se sigue en este Juzgado a instancias de don César de la Mora Armada, contra “Acta Farma, Sociedad Limitada”, se ha dictado la resolución literal siguiente: Sentencia número 119 de 2008 En Pozuelo de Alarcón, a 22 de octubre de 2008.—Vistos por mí, doña María Elena Garde García, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Pozuelo de Alarcón, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado y registrados bajo el número 83 de 2007, a instancias de la procuradora de los tribunales doña Sonsoles Díaz-Varela Arrese, en nombre y representación de don César de la Mora Armada, y asistido por el letrado don Antonio Espinosa de los Monteros Vega, contra “Acta Farma, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía procesal, he venido a dictar la presente resolución, a la que sirve de base el siguiente Fallo Que estimando parcialmente la demanda formulada por la procuradora de los tribunales doña Sonsoles Díaz-Varela Arrese, en nombre y representación de don César de la Mora Armada, contra “Acta Farma, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a dicha demandada a que abone al actor la suma de 70.766,50 euros, más los intereses correspondientes, debiendo abonar las partes las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán preparar recurso de apelación en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación ante este mismo Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid. Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, con inclusión del original en el libro de sentencias. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Y como consecuencia del ignorado paradero de la entidad demandada “Acta Farma, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Pozuelo de Alarcón, a 12 de noviembre de 2008.—La secretaria (firmado). (02/15.722/08) |

