Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081210-0141
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA EDICTO El secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Huelva. Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 155 de 2008, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancias de doña Cinta Rodríguez Mora, contra el Fondo de Garantía Salarial y “Blackboard Building, Sociedad Limitada”, en la que con fecha 7 de noviembre de 2008 se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente: Parte dispositiva: Su señoría ilustrísima dijo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada en cantidad suficiente a cubrir la suma de 6.584,87 euros en concepto de principal, más la de 1.320 euros calculados para intereses y gastos, debiéndose guardar en la diligencia el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado, requiérase a la ejecutante para que en el plazo de diez días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo, sin perjuicio de lo cual practíquense las averiguaciones del artículo 248 de la Ley de Procedimiento Laboral. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad. Así, por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Inmaculada Liñán Rojo, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 2 de Huelva.—Doy fe. Y para que sirva de notificación en forma a “Blackboard Building, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el “Boletín Oficial de la Provincia de Huelva” y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias, o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. En Huelva.—El secretario judicial (firmado). (03/33.368/08) |

