Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-12-2008

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081209-0124

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 25 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 8 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Benidlo Jesús Cuenca Jumbo y don Mao Michel Ortega, contra la empresa “Drappo, Sociedad Anónima, Materiales de Construcción”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 8 de 2008

En Madrid, a 20 de junio de 2008.—El ilustrísimo señor don Andrés Benítez Benítez, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 25 de Madrid, ha visto los presentes autos número 8 de 2008, seguidos entre partes: como demandantes, don Benidlo Jesús Cuenca Jumbo y don Mao Michael Ortega Cóndor, mayores de edad y con domicilios que constan en autos, representados y asistidos del letrado don Luis Hormeño Ocaña, y como demandada, la empresa “Drappo, Sociedad Anónima, Materiales de Construcción”, citada en la persona de su representante legal, que no compareció al acto de conciliación y juicio a pesar de su citación en legal forma. Versando los autos sobre despido. Dictándose la presente resolución en nombre de Su Majestad el Rey y en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Benildo Jesús Cuenca Jumbo y don Mao Michael Ortega Cóndor, en reclamación de salarios, contra la empresa “Drappo, Sociedad Anónima, Materiales de Construcción”, debo condenar y condeno a dicha demandada a que una vez firme la presente resolución haga pago a don Benidlo Jesús Cuenca Jumbo la cantidad de 5.191,79 euros y don Mao Michael Ortega Cóndor la cantidad de 4.210,43 euros, y del 10 por 100 de dichas cantidades por mora.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo social, debiendo anunciarlo previamente ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente de su notificación.

Previniendo a la empresa demandada que para recurrir deberá acreditar haber ingresado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado de lo social, número 2523, clave 65, con indicación del número de procedimiento, abierta en el “Banco Español de Crédito”, en la calle Orense, número 19, de esta capital, oficina 1143, el importe de la condena y 150,25 euros en concepto de depósito, siendo admisible la sustitución del ingreso de la cantidad objeto de condena por la aportación de aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista, sin cuyos requisitos no será admitido a trámite el recurso, quedando firme la sentencia.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá un testimonio a los autos originales para su notificación y cumplimiento, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a empresa “Drappo, Sociedad Anónima, Materiales de Construcción”, en ignorado paradero, expido la presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de noviembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.278/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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