Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-12-2008

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081209-0023

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C) Otras Disposiciones

Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno

4474 ORDEN 537/2008, de 18 de noviembre, por la que se resuelve la concesión de una beca para realizar prácticas en la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado.

Por Orden de 12 de junio de 2008, del Vicepresidente Segundo y Consejero de Justicia y Administraciones Públicas, se convocó una beca para la realización de prácticas en la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado.

Presentadas las solicitudes por los interesados, la Comisión de Valoración prevista en el artículo 8 de la citada Orden, se reunió el 16 de octubre de 2008, acordándose proponer como candidata para la concesión de la beca a doña Suzy Esther Lowy Benoliel, y como primera candidata suplente a doña Paula Cejalvo Cabral, y como segundo candidato suplente a don Óscar Casanova Velázquez. En su virtud,

DISPONGO

Primero

Beneficiaria de la beca

Conceder a doña Suzy Esther Lowy Benoliel la beca convocada por Orden de 12 de junio de 2008, del Vicepresidente Segundo y Consejero de Justicia y Administraciones Públicas, para la ralización de prácticas en la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado.

Designar como primera candidata suplente a doña Paula Cejalvo Cabral y como segundo candidato suplente a don Óscar Casanova Velázquez, para el caso de renuncia de la adjudicataria o imposibilidad sobrevenida.

Segundo

Cuantía y duración de la beca

La cuantía de la beca concedida será de 780 euros mensuales y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2008, pudiendo ser prorrogada por un período máximo de tres años, si el becario acreditase aprovechamiento de la misma y existiera la necesaria dotación económica para ello. El candidato deberá concertar una póliza de asistencia sanitaria.

Tercero

Condiciones de la beca

La aceptación del disfrute de la beca se realizará en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de su notificacio y llevará consigo a su vez la aceptación de todas y cada una de las bases de la convocatoria en los términos previstos en la Orden de convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras (Orden de 6 de febrero de 2008 del Vicepresidente Segundo y Consejero de Justicia y Administraciones Públicas).

Contra esta Orden, que tiene carácter definitivo y pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Vicepresidente y Portavoz del Gobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, conforme a lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

DISPOSICIÓN FINAL

Eficacia

La presente Orden tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dada en Madrid, a 18 de noviembre de 2008.

El Vicepresidente y Portavoz del Gobierno,
 IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/34.376/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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