Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
03-12-2008

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081203-0150

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 29 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 37 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Sacramento Bonilla Cobo y doña Ana Belén Camacho Chacón, contra la empresa “Lialbe Limpiezas y Contratas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuyo contenido literal es como sigue:

Providencia

Ilustrísima señora magistrada-juez de lo social, doña María Emma Cobo García.—En Madrid, a 8 de octubre de 2008.

Dada cuenta; por recibidos el anterior resguardo de transferencia por importe de 9.140,80 euros y la diligencia negativa de notificación a la parte demandada, únanse a los autos de su razón.

En cuanto al primero, póngase a disposición de las demandantes la cantidad transferida en proporción a sus respectivos créditos según el siguiente detalle:

A doña María Sacramento Bonilla Cobo: 4.292,52 euros.

A doña Ana Belén Camacho Chacón: 4.848,28 euros.

En concepto de parte del principal, quienes deberán comparecer en esta Secretaría para su retirada, firme que sea la presente resolución, haciéndoles saber que los mandamientos deberán ser presentados al cobro en un plazo de tres semanas a contar desde el día siguiente a su emisión, no excluyéndose los días inhábiles pero sí el día del vencimiento por lo que se entenderá que el mandamiento vence el día hábil siguiente (artículo 12.2 del Real Decreto 467/2006 de 21 de abril), quedando reducidos los principales respectivos de las demandantes a los importes de 7.539,76 euros para doña Sacramento y la cantidad de 8.517,86 euros.

En cuanto a la diligencia negativa de notificación a la ejecutada, en la que se indica que el local de la empresa se encuentra cerrado y demás manifestaciones obrantes en la misma, dese traslado a la parte actora, para que manifieste lo que a su derecho convenga en el plazo de cinco días, habida cuenta que los bienes muebles embargados con fecha 30 de mayo de 2008 quedaron depositados en dicho domicilio, a cargo del administrador don Alejandro Bonilla Ayuso, a quien se nombró depositario de los mismos, y en lo demás, estese al resultado del despacho pendiente de embargo de crédito dirigido a la comunidad de propietarios del Paso del Descubrimiento, números 25, 27 y 29, de San Martín de la Vega.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Lialbe Limpiezas y Contratas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente cédula para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 31 de octubre de 2008.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.635/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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