Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-12-2008

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081202-0101

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 19 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.094 de 2007 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos López Robles, contra la empresa “Snell Servicios Globales, Sociedad Anónima”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “La Fraternidad, Mutua Patronal”, sobre Seguridad Social, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:

Fallo

Estimando la demanda presentada por don Carlos López Robles, frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Mutua Fraternidad-Muprespa” y la empresa “Snell Servicios Globales, Sociedad Anónima”, don Antonio López Aparcero y don José Enrique Vega Pita, en su condición de administradores concursales de la empresa demandada, en reclamación de prestaciones derivadas de incapacidad temporal, condeno a la demandada “Snell Servicios Globales, Sociedad Anónima”, como responsable directa, al abono de las prestaciones correspondientes al período desde el 6 de noviembre de 2006 hasta el 10 de marzo de 2007, en cantidad total de 3.492,38 euros. Condeno a “Mutua Fraternidad-Muprespa” al anticipo de dichas prestaciones, sin perjuicio de los derechos y acciones que legalmente le correspondan frente a la empleadora. Se absuelve al Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sin perjuicio de su responsabilidad legal caso de insolvencia de la mutua aseguradora.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en la forma y los plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Laboral.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Snell Servicios Globales, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de octubre de 2008.—El secretario judicial (firmado).

(03/32.171/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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