Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081202-0051
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS ARANJUEZ ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO El alcalde-presidente, don Jesús Miguel Dionisio Ballesteros, ha dictado, con fechas 24 de octubre y 3 de noviembre de 2008, los siguientes decretos: 1. “Vista la resolución de la Alcaldía de fecha 24 de octubre de 2008. Visto lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1995, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 79 y siguientes del Reglamento Orgánico Municipal, por la presente en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, resuelvo: Primero.—Nombrar como tenientes de alcalde de este Ayuntamiento, con el contenido y alcance que determinan los artículos 23 de la Ley 7/1995, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 79 y siguientes del Reglamento Orgánico Municipal, a los siguientes concejales miembros de la Junta de Gobierno: — Primer teniente de alcalde, al concejal don Manuel Antonio Romero Barbosa. — Segundo teniente de alcalde, al concejal don Francisco Javier Fernández del Valle. — Tercera teniente de alcalde, a la concejala doña Olga Azucena Rincón Redondo. — Cuarta teniente de alcalde, a la concejala doña María Paz Medina Cano. — Quinto teniente de alcalde, al concejal don José Luis Moreno Tristán. Segundo.—En consecuencia, quedan nulos y sin efecto los decretos dictados por esta Alcaldía-Presidencia con fecha 16 de junio de 2007, sobre nombramiento de tenientes de alcalde, y el de fecha 2 de julio de 2007, relativo al nombramiento de un sexto teniente de alcalde. El presente decreto tendrá plena vigencia desde el lunes día 27 de octubre de 2008. Tercero.—De la presente resolución se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre, para su conocimiento y efectos oportunos, se notificará a los interesados a los efectos de su aplicación y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.” 2. “De conformidad con lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 82 del Reglamento Orgánico Municipal de este Ayuntamiento, en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, por la presente, resuelvo: Primero.—Nombrar miembros de la Junta de Gobierno a los siguientes concejales: — Don Manuel Antonio Romero Barbosa. — Don Francisco Javier Fernández del Valle. — Doña Olga Azucena Rincón Redondo. — Don José Luis Moreno Tristán. — Doña María Paz Medina Cano. — Don Eduardo Benedicto Pérez López. Segundo.—En consecuencia, queda nulo y sin efecto el decreto dictado por esta Alcaldía-Presidencia con fecha 16 de junio de 2007, sobre nombramiento de miembros de la Junta de Gobierno Local. El presente decreto tendrá plena vigencia desde el lunes día 27 de octubre de 2008. Tercero.—De la presente resolución se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre, para su conocimiento y efectos oportunos, se notificará a los interesados a los efectos de su aplicación y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.” 3. Resolución dictada el día 3 de noviembre de 2008: “De conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como en el artículo 74 del Reglamento Orgánico Municipal y demás legislación concordante, en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, por la presente, resuelvo: Primero.—Delegar de forma genérica la dirección y gestión de las áreas de la actividad municipal que seguidamente se relacionan, incluyendo la facultad de dictar actos con eficacia frente a terceros, en los tenientes de alcalde que a continuación se indican; 1. Presidencia e Interior, que incluye la Portavocía del Gobierno, Comunicación, Relaciones Institucionales, Relaciones con el Cortijo de San Isidro, Hacienda, Personal, Régimen Interior, Patrimonio Municipal, Atención al Ciudadano (Padrones y Estadísticas), Informática y Nuevas Tecnologías, en la persona de don Manuel Antonio Romero Barbosa. 2. Desarrollo Económico y Empleo, que incluye Ordenación del Territorio, Urbanismo, Movilidad, Vivienda, Desarrollo Económico, Empleo, Transportes y Comunicaciones, en la persona de don Francisco Javier Fernández del Valle. 3. Servicios de Atención a la Ciudad, que incluye Obras, Servicios a la Ciudad, Medio Ambiente, Protección Ciudadana, Tráfico y Ordenanzas, en la persona de doña Olga Azucena Rincón Redondo. 4. Servicios para el Desarrollo Personal y Familiar, que incluye Cultura, Educación, Universidad, Infancia, Salud, Consumo, Cooperación, Bienestar Social, Acogida, Mayor, Mujer, Juventud, Deportes, Fiestas, Participación Ciudadana y Patrimonio Mundial, en la persona de doña María Paz Medina Cano. Segundo.—Todas las delegaciones genéricas incluyen las facultades a que se refiere el artículo 74.2 del Reglamento Orgánico Municipal y además la autorización y disposición de gastos en las áreas de su actividad, en su ámbito orgánico y funcional. Tercero.—Delegar de forma específica los asuntos de la actividad municipal que se indican a continuación a favor de los concejales que también se señalan: 1. Portavocía, Comunicación, Relaciones Institucionales y Relaciones con el Cortijo de San Isidro, bajo la coordinación del área de Presidencia e Interior, en la persona de don Manuel Romero Barbosa. 2. Ordenación del Territorio, Urbanismo, Movilidad y Vivienda, bajo la coordinación del área de Desarrollo Económico y Empleo, en la persona de don Francisco Javier Fernández del Valle. 3. Desarrollo Económico, Empleo, Transportes y Comunicaciones, bajo la coordinación del área de Desarrollo Económico y Empleo, en la persona de don José Luis Moreno Tristán. 4. Obras, Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, bajo la coordinación del área de Servicios de Atención a la Ciudad, en la persona de doña Olga Azucena Rincón Redondo. 5. Protección Ciudadana, Tráfico, y Ordenanzas, bajo la coordinación del área del Servicios de Atención a la Ciudad, y Personal, bajo la coordinación del área de Presidencia e Interior, en la persona de don Ricardo Casas Tinahones. 6. Hacienda, Servicios Económicos, Régimen Interior, Patrimonio Municipal, Atención al Ciudadano (Padrones y Estadísticas) Nuevas Tecnologías, bajo la coordinación del área de Presidencia e Interior, en la persona de don Eduardo Benedicto Pérez López. 7. Juventud, Deportes, Fiestas, bajo la coordinación del área de Servicios para el Desarrollo Personal y Familiar, en la persona de doña Cristina Moreno Moreno. 8. Cultura, Cooperación, Participación Ciudadana y Patrimonio Mundial, bajo la coordinación del área de Servicios para el Desarrollo Personal y Familiar, en la persona de doña María Paz Medina Cano. 9. Educación, Universidad, Infancia, Salud y Consumo, bajo la coordinación del área de Servicios para el Desarrollo Personal y Familiar, en la persona de doña Lucía Megía Martínez. 10. Bienestar Social, Acogida, Mayor y Mujer, bajo la coordinación del área de Servicios para el Desarrollo Personal y Familiar, en la persona de doña Montserrat García Montalvo. Cuarto.—Se entienden incluidas: — Dentro de la delegación de Nuevas Tecnologías las siguientes materias: Informática y Aranjuez Digital. — Dentro de la delegación de Fiestas: Asuntos Taurinos. — Dentro de la delegación de Desarrollo Económico: Industria, Comercio, Turismo y Agricultura. Quinto.—Las delegaciones específicas comprenden la facultad de dictar actos administrativos con eficacia frente a terceros así como el visto bueno de las certificaciones y, a los solos efectos de la coordinación de la actividad municipal, quedarán integradas en la delegación genérica del área correspondiente en la que se enmarque su actuación. Sexto.—En consecuencia, queda nulo y sin efecto el decreto dictado por esta Alcaldía-Presidencia con fecha 24 de octubre de 2008, así como cualquier otra disposición que contravenga la presente resolución, siendo sustituido en todos sus términos, por el presente decreto. De la presente resolución se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre, para su conocimiento y efectos oportunos, se notificará a los interesados a los efectos de su aplicación y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la presente.” Aranjuez, a 11 de noviembre de 2008.—El alcalde-presidente (firmado). (03/32.798/08) |