Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-12-2008

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081202-0229

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 6
DE TORREJÓN DE ARDOZ

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 133 de 2008

En Torrejón de Ardoz, a 23 de septiembre de 2008.—Doña Alicia Visitación Martín, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Torrejón de Ardoz, ha visto los presentes autos que se siguen en este Juzgado bajo el número de procedimiento 549 de 2007, instancias de la mercantil “Iber Apotheca Comercial, Sociedad Limitada”, representada por el procurador don Ángel Jesús Guillén Pérez, y asistida del letrado don Jorge Serrano Rodríguez frente a la entidad “Inversiones y Gestiones Génesis, Sociedad Limitada”, declarado en rebeldía procesal.

Fallo

Se estima la demanda interpuesta por el procurador don Ángel Jesús Guillén Pérez, en nombre y representación de la mercantil “Iber Apotheca Comercial, Sociedad Limitada”, frente a la entidad “Inversiones y Gestiones Génesis, Sociedad Limitada”, y, en consecuencia, declaro la resolución del contrato de arrendamiento firmado entre los litigantes, de fecha 22 de noviembre de 2002 y haber lugar al desahucio de la demandada del local sito en la plaza España, número 12, letra A, de Torrejón de Ardoz, condenándole a que deje libre y a disposición de la actora dentro del término legal, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren se les lanzará a su costa, habiéndose señalado como día del lanzamiento el 3 de diciembre de 2008, a las once horas. Con expresa condena en costas al demandado.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial en el plazo de cinco días a contar del siguiente de su notificación.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Inversiones y Gestiones Génesis, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de notificación.

En Torrejón de Ardoz, a 23 de septiembre de 2008.—El secretario (firmado).

(02/13.432/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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