Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081202-0166
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS EL MOLAR OTROS ANUNCIOS Debiendo proceder a la elección del cargo de juez de paz sustituto, se convoca a todos los interesados para que presenten en el Ayuntamiento sus solicitudes de nombramiento. Los requisitos para tal nombramiento son los siguientes: A tenor de los artículos 303 de Ley Orgánica del Poder Judicial y 1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, están incapacitados para ser jueces de paz los impedidos física o psíquicamente para la función judicial, los condenados por delito doloso mientras no hayan obtenido la rehabilitación, los procesados o inculpados por delito doloso en tanto no sean absueltos o se dicte auto de sobreseimiento y los que no estén en el pleno ejercicio de sus derechos civiles. La instancia se recogerá en el Ayuntamiento y se deberá de acompañar certificado de antecedentes penales, fotocopia de documento nacional de identidad y escrito sobre los méritos del interesado en orden a su nombramiento, debiendo presentar la documentación en el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El Molar, a 11 de noviembre de 2008.—El alcalde, Emilio de Frutos. (03/32.640/08) |

