Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
01-12-2008

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081201-0170

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AYUNTAMIENTOS

Tribunal Superior de Justicia
de Madrid

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

Doña Ana María López-Medel Bascones, secretaria de la Sala de lo social de la Sección Cuarta del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Hago saber: Que en esta Sala se sigue el recurso número 3.624 de 2008 interpuesto por doña Felisa Rivero Hernández, contra herederos de don José Castán Tobeñas, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre jubilación, ha sido dictada la siguiente resolución:

La Sala acuerda: Que procede tener a doña Felisa Ribero Hernández, parte promotora de las presentes actuaciones, por desistida de las mismas, con sus consiguientes efectos e inmediato archivo.

Comuníquese esta resolución a fin de que, teniendo conocimiento de ella, cause la misma el estado que proceda en sus actuaciones.

Háganse las oportunas anotaciones en los libros de esta Sala.

Notifíquese a las partes, advirtiéndoles que contra esta resolución pueden interponer recurso de súplica en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, ante esta misma Sala y por los trámites del recurso de reposición a que se refieren los artículos 451 a 454 de la Ley 1/2000, según disponen los artículos 185.1 y 186 de la Ley de Procedimiento Laboral. La interposición del citado recurso no impide la inmediata ejecutividad de lo acordado en este auto, todo lo cual se llevará a efecto.

Así por este nuestro auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación a herederos de don José Castán Tobeñas, actualmente en domicilio desconocido o ignorado paradero, expido y firmo la presente en Madrid, a 4 de noviembre de 2008.—La secretaria (firmado).

(03/32.045/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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