Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-10-2008

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081024-0185

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

LEGANÉS

URBANISMO

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Leganés, en sesión celebrada el día 23 de septiembre de 2008, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución del PERI-5, del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés, promovido por la Junta de Compensación del referido ámbito, al amparo de lo establecido en el artículo 88 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Segundo.—Proceder a la protocolización del documento al objeto de su inscripción en el Registro de la Propiedad de Leganés.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Leganés y en un periódico de difusión corriente en la localidad, así como proceder a la notificación individualizada del presente acuerdo a todos los interesados en el expediente; todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Reglamento de Gestión Urbanística, en relación con el artículo 108 del mismo texto legal.

Cuarto.—Incorporar al Patrimonio Municipal del Suelo, para afectarlos a los usos previstos en el plan, los terrenos que por ser de cesión gratuita y obligatoria quedan cedidos de derecho al municipio.

Lo que se publica para general conocimiento, significándose que esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso­administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1988, todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Leganés, a 6 de octubre de 2008.—El alcalde-presidente, Rafael Gómez Montoya.

(02/13.579/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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