Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-10-2008

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081022-0050

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

VALDEMAQUEDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Por acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Valdemaqueda de 24 de septiembre de 2008 se ha adoptado acuerdo regulador de precios públicos por la prestación de servicios y actividades en las instalaciones municipales de Valdemaqueda y otras enseñanzas especiales. A los efectos del artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, y cabiendo recurso de reposición en el plazo de un mes o contencioso-administrativo en el de dos meses desde esta edición, se procede a su publicación.

Artículo 1.  Concepto.—De conformidad con lo previsto en el artículo 117, en relación con el artículo 41.b), ambos del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece los precios públicos por la prestación de servicios de actividades culturales en las instalaciones y publicaciones municipales, especificados en las tarifas contenidas en el presente acuerdo.

Art. 2.  Obligados al pago.—Están obligados al pago del precio público regulado en este acuerdo quienes se benefician individualmente de los servicios o actividades, prestados o realizados por este Ayuntamiento, a que se refiere el artículo siguiente.

Art. 3.  Cuantía.—3.1.  La cuantía del precio público regulado en este acuerdo será la fijada en las tarifas contenidas en el apartado siguiente, para cada uno de los distintos servicios o actividades computadas por sujeto pasivo que reciba el servicio.

3.2.  Los precios públicos que se establecen son:

1. Actividades deportivas:

1.1. Artes marciales (mensualidad): 3 euros.

1.2. Gimnasio (mensualidad):

1.2.1. Precio normal: 6 euros.

1.2.2. Precio tercera edad: 3 euros.

2. Talleres infantiles:

2.1.1. Teatro y circo (mensualidad): 5 euros.

3. Anuncio en publicaciones municipales:

3.1.1. Anuncio pequeño: 35 euros.

3.1.2. Media página: 50 euros.

3.1.3. Página completa: 100 euros.

3.1.4. Contraportada o páginas centrales: 125 euros.

4. Campamentos infantiles de verano:

4.1.1. Una quincena:

4.1.1.1. Empadronados: 20 euros.

4.1.1.2. No empadronados: 25 euros.

4.1.2. Dos quincenas:

4.1.2.1. Empadronados: 35 euros.

4.1.2.2. No empadronados: 45 euros.

4.1.3. Tres quincenas:

4.1.3.1. Empadronados: 50 euros.

4.1.3.2. No empadronados: 60 euros.

5. Otras enseñanzas especiales (actividades extraescolares):

5.1.1. Inglés (mensualidad): 3 euros.

5.1.2. Papiroflexia (mensualidad): 3 euros.

Art. 4.  Obligación de pago.—1.  La obligación del pago de los precios públicos regulado en esta ordenanza nace desde que se solicita la prestación de los servicios o actividades especificadas en el apartado 2 del artículo anterior.

2.  El pago de dichos precios públicos se efectuará en el momento del inicio de la prestación del servicio a que se refiera al apartado 2 de la tarifa.

3.  El precio público podrá exigirse en régimen de autoliquidación.

4.  Las deudas por precios públicos se exigirán por el procedimiento de apremio.

DISPOSICIÓN FINAL

Una vez se efectúe la aprobación del Pleno del referido acuerdo y la publicación del texto íntegro de la presente ordenanza en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, entrará en vigor, continuando su vigencia hasta que se acuerde su modificación o derogación.

Valdemaqueda, a 24 de septiembre de 2008.—Firmado.

(03/27.980/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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