Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-10-2008

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081021-0007

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AYUNTAMIENTOS

Tribunal Superior de Justicia
de Madrid

Audiencia Provincial de Madrid

Sección Primera

EDICTO

Doña Mercedes Redondo Caño, secretaria de la Sección primera de la Audiencia Provincial de Madrid.

Hago saber: Que en la ejecución número 154 de 1999, rollo de Sala número 3 de 1998, con motivo del procedimiento T. J. número 1 de 1998 del Juzgado de instrucción número 4 de Alcobendas (Madrid), seguida en este tribunal contra don Miguel Frey Moreno, por un delito de homicidio, se dictó sentencia, siendo condenado al pago de 78.131,57 euros en concepto de indemnización, y abierta la vía de apremio, por el presente se anuncia la venta en pública subasta, con antelación de veinte días, cuanto menos, de la siguiente finca, propiedad de don Miguel Frey Moreno y doña Vanesa Sánchez Neira:

La mitad indivisa de la finca registral número 15.742, relativa a la vivienda sita en la calle Sacramento, número 1, planta cuarta, puerta A, de San Sebastián de los Reyes (Madrid). Superficie contraída de 78,04 metros cuadrados. Linderos: derecha, rellano, caja de escalera y piso letra B; izquierda, pisos letras A y B del portal número 3 de la calle Real; fondo, patio de manzana, y frente, rellano de escalera y calle Sacramento.

Inscrita a favor de don Miguel Frey Moreno, con número de identificación fiscal 53410368-K, el 50 por 100 de pleno dominio con carácter privativo, y de doña Vanesa Sánchez Neira, con número de identificación fiscal 53408327-G, el 50 por 100 de pleno dominio con carácter privativo, según obra el tomo 997, libro 832, folio 183, inscripción tercera del Registro de la Propiedad de San Sebastián de los Reyes.

La mitad indivisa de la finca embargada, que le corresponde a don Miguel Frey Moreno, ha sido valorada en 123.665 euros.

La subasta se celebrará el 14 de noviembre de 2008, a las diez horas, en la Sala de vistas de esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid, sita en la calle Santiago de Compostela, número 98.

Condiciones de la subasta

Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

Primero.—Identificarse de forma suficiente.

Segundo.—Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

Tercero.—Presentar resguardo de que han depositado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Tribunal, número 2422 0000 78 0154 99, de “Banesto”, sucursal 1235, calle Vereda de Ganapanes, número 35, de Madrid, el 30 por 100 del valor de la finca, devolviéndose las cantidades, una vez aprobado el remate, a aquellos que participen en la misma, excepto al mejor postor, salvo que soliciten su mantenimiento a disposición de este Tribunal para el caso de que el rematante no consignare el resto del precio, debiendo consignar, asimismo, en dicho resguardo si, en su caso, las cantidades ingresadas pertenecen en todo o en parte a un tercero, identificándole adecuadamente.

Cuarto.—Solo el ejecutante podrá hacer posturas con la facultad de ceder el remate a un tercero.

Quinto.—Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado, haciendo el depósito a que se ha hecho referencia anteriormente, acompañando el resguardo, los cuales serán abiertos al inicio de la subasta, surtiendo los mismos efectos que los que se realicen oralmente.

Sexto.—Para el caso de que se hagan
posturas que no superen, al menos, el 50 por 100 del valor de la tasación o, aun siendo inferior, cubran, al menos, la cantidad por la que se ha despachado ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas, no se aprobará el remate, salvo que el tribunal acordare otra cosa a la vista de las circunstancias concurrentes en el procedimiento.

Séptimo.—La certificación registral está de manifiesto en la Secretaría de este tri-
bunal.

Octavo.—Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la situación existente o que no existan títulos.

Noveno.—No se puede hacer constar la situación posesoria del inmueble.

Décimo.—Caso de que hubiera que suspenderse la subasta por causas de fuerza mayor o causas ajenas al Juzgado no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará el siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.

Dado en Madrid, a 15 de julio de 2008.—La secretaria (firmado).

(01/2.898/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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