Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-10-2008

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081021-0196

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE TOLEDO

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Manuel Recio Nuero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 806 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Redesvindo Blas Vicente, contra las empresas “Actuaciones Constructivas y Desarrollos, Sociedad Limitada”, “Suelo XXI, Sociedad Anónima”, “Atrio Home, Sociedad Limitada”, “Edigest Alb, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 17 de diciembre de 2008, a las doce y quince horas, en la Sala de audiencias número 10 de este Juzgado, sita en la calle Marqués de Mendigorría, número 2, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, así como del escrito de subsanación, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Cítese de comparecencia al ministerio fiscal.

Ha lugar al interrogatorio de las demandadas, debiendo los representantes legales comparecer personalmente al acto de la vista.

Se requiere a las empresas demandadas a fin de que aporten la documentación solicitada.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma doña Pilar Varas García, ilustrísima señora magistrada-juez del Juzgado de lo social número 2 de los de Toledo. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Suelo XXI, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 17 de septiembre de 2008.—El secretario judicial (firmado).

(03/27.849/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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