Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-10-2008

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081021-0246

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AYUNTAMIENTOS

Tribunal Superior de Justicia
de Madrid

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

Doña María Cristina Bejarano Martínez, secretaria de la Sección Primera de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Hago saber: Que en la demanda de audiencia a la rebelde registrada en esta Sección con el número 3.509 de 2008, a instancias de don Francisco Jiménez López y don José María Jimémez Rísquez, frente a las empresas “Barláncaster, Sociedad Limitada”, y “Provelal, Sociedad Limitada”, se ha dictado la siguiente sentencia:

Fallamos

Desestimamos la demanda de audiencia a la rebelde promovida por “Provelal, Sociedad Limitada”, en virtud de demanda formulada por don Francisco Jiménez López y don José María Jimémez Rísquez, contra la citada empresa y “Barláncaster, Sociedad Limitada”. Con costas.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de esta Sección de Sala.

Expídanse certificaciones de esta sentencia para su unión a la pieza separada o rollo de suplicación, que se archivará en este tribunal, y a los autos principales.

Notifíquese la presente sentencia a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación a la empresa “Barláncaster, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero, con la advertencia de que las resoluciones judiciales que se dicten en el procedimiento a partir de la presente serán notificadas en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, se expide el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2008.—La secretaria (firmado).

(03/27.372/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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