Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081016-0072
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C) Otras Disposiciones Consejería de Deportes
Vista la Propuesta de Resolución, elevada a través del Director General de Promoción Deportiva y formulada por la Comisión de Evaluación, encargada del estudio de las solicitudes presentadas, de acuerdo con la Orden 588/2008/00, de 18 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2008, de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales, de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 172, de 21 de julio de 2008), y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la legislación vigente, DISPONGO Conceder las subvenciones a los clubes y con las cuantías que se relacionan en el Anexo de la presente Orden. Las solicitudes no incluidas en el citado Anexo se entenderán desestimadas. El pago de estas subvenciones se realizará con cargo a la partida 48090 del Programa 851 del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2008, por un importe total de 2.109.851,62 euros. Las subvenciones concedidas se abonarán a los beneficiarios previa presentación de la documentación establecida en el artículo 22 de la Orden 588/2008/00, de 18 de julio, ya citada, quedando los beneficiarios sometidos a las obligaciones establecidas en el artículo 13 de la referida Orden. Dicha documentación se habrá de presentar con anterioridad al día 17 de octubre, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden 695/2008/00 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de septiembre de 2008). La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso ante el propio órgano que la ha dictado en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados, ambos casos, desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 14 de octubre de 2008. El Consejero de Deportes, ALBERTO LÓPEZ VIEJO ANEXO (03/28.613/08) |