Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081016-0194
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MÓSTOLES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 174 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Beatriz Moreno Ruiz, contra don Manuel Javier García García Orejuelo (“Hostelería Casa Manuel”), sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución: a) Despachar la ejecución solicitada por doña Beatriz Moreno Ruiz, contra don Manuel Javier García García Orejuelo (“Hostelería Casa Manuel”), por un importe de 631,40 euros de principal, más 360 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente. b) Trabar embargo sobre los bienes del demandado en cuantía suficiente para cubrir dichas cantidades, practicándose a tal fin las averiguaciones oportunas. c) Advertir y requerir al ejecutado en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto. d) Advertir al ejecutado que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrase. e) Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial. Se requiere a la parte demandante a fin de que a la mayor brevedad posible facilite por escrito el documento nacional de identidad/número de identificación fiscal del ejecutado, al no constar en las actuaciones y ser necesario para la investigación de bienes. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por el ejecutado en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal), sin perjuicio de su ejecutividad. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Manuel Javier García García Orejuelo, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 16 de septiembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado). (03/26.450/08) |

