Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-10-2008

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081016-0272

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Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

Resolución de 25 de agosto de 2008, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se ordena la publicación de acuerdos de inicio de procedimientos sancionadores por supuestas infracciones en materia de protección animal.

Habiéndose procedido por esta Dirección General a la iniciación de procedimientos sancionadores por supuestas infracciones en materia de protección animal, y no habiendo sido posible la notificación de las mismas en los domicilios de sus destinatarios, he resuelto ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según se especifica en el Anexo único.

Lo que se comunica a los interesados, los cuales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 en relación con el artículo 28 del citado texto legal, podrán formular recusación, en cualquier momento de la tramitación del expediente, contra el instructor del procedimiento cuyos datos le serán facilitados en la Dirección General de Medio Ambiente, ronda de Atocha, número 17, sexta planta, 28012 Madrid.

Asimismo, y en aplicación del artículo 6.3 el Decreto 245/2000, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración Pública en la Comunidad de Madrid, en los quince días hábiles siguientes a la publicación de esta Resolución, podrán solicitar ante el instructor del procedimiento la práctica de las pruebas que estimen pertinentes, pudiendo igualmente aducir alegaciones en la forma establecida en el artículo 79 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Teniendo en cuenta el tratamiento informático de datos de carácter personal, les informamos de que los expedientes en cuestión obran en las dependencias de esta Dirección General (ronda de Atocha, número 17, 28012 Madrid).

Los datos personales contenidos en este documento serán tratados informáticamente en los términos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, pudiendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante esta Dirección General como responsable de los mismos. Igualmente, podrán ser cedidos a cuantas instituciones u organismos proceda, de conformidad con lo previsto en la legislación vigente.

En Madrid, a 25 de agosto de 2008.—El Director General de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

ANEXO ÚNICO

NOTIFICACIÓN DE INICIACIÓN DE PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES

Imputado. — NIF. — Último domicilio conocido. — Expediente. — Infracción administrativa. — Posible sanción. — Órgano compe-
 tente para resolver y norma que le atribuye tal competencia

Juan Albarrán Gómez. — 2819408-E. — Calle Municipio, sin número, 19180 Marchamalo (Guadalajara). — 04/PA-850/06. — Artículos 24.2.a), 24.2.c), 24.2.d) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, calificadas ambas como graves. — 1.202,03 a 2.404,05 euros. — Director General de Medio Ambiente, en virtud del artículo 29.a) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y con el Decreto 102/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid.

José Bote Vargas. — 50438397-H. — Camino Canaleja, número 1, 28044 Madrid. — 04/PA-761/06. — Artículo 24.2.c) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, calificada ambas como grave. — 1.202,03 a 2.404,05 euros. — Director General de Medio Ambiente, en virtud del artículo 29.a) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y con el Decreto 102/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid.

María Elena López López. — 8991541-J. — Calle Río Torcón, número 5, quinto B, 28803 Alcalá de Henares (Madrid). —
04/PA-159/06. — Artículos 24.3.e) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, calificada como muy grave. — 2.404,06 a 15.025,30 euros. — Director General de Agricultura y Desarrollo Rural. Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 29.b), de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, estando actualmente delegada la competencia en el Consejero de Economía y Hacienda, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de fecha de 25 de octubre de 2001 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de noviembre); en relación con el Decreto 10/2008, de 21 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Consumo y en el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

Rosa María Marín Cubillas. — 50542516-Q. — Calle Gabriel y Galán, número 1, tercero 2, 05001 Ávila. — 04/PA-584/06. — Artículo 13.1.b) de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, reguladora del Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potenciamente Peligrosos, calificada la primera como muy grave. — 2.404,06 a 15.025,30 euros. — Director General de Agricultura y Desarrollo Rural, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.7 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, reguladora del Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmetne Peligrosos, en relación con el Decreto 10/2008, de 21 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Consumo y en el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

(03/27.267/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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