Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
14-10-2008

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081014-0026

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

TORRES DE LA ALAMEDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Mediante decretos de Alcaldía-Presidencia 1229/2008 y 1232/2008, han quedado aprobados los padrones de la tasa para la instalación de anuncio ocupando terrenos de dominio público local, del impuesto sobre bienes de naturaleza urbana y rústica y del impuesto sobre actividades económicas, correspondiente al ejercicio de 2008.

Dicho padrón estará expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento por espacio de quince días a efectos de reclamaciones y recursos.

La exposición pública producirá los efectos previstos en el artículo 102 de la Ley General Tributaria en orden a la notificación colectiva del padrón, así como de los datos consignados en el mismo a cada uno de los sujetos pasivos.

Asimismo, dichos impuestos y/o tasa podrán abonarse en cualquier sucursal bancaria sita en esta localidad (“Banco Popular”, “Ibercaja”, “Caja Madrid”, “La Caixa” y “Caja Guadalajara”), desde el 13 de octubre hasta el 15 de diciembre de 2008, ambos inclusive.

Por último, se hace significar conforme a lo preceptuado en el artículo 160 de la Ley General Tributaria y 98 del Reglamento General de Recaudación, que transcurrido el plazo voluntario de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se generen.

En Torres de la Alameda, a 29 de septiembre de 2008.—El alcalde, Valentín Márquez Romero.

(02/12.962/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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