Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
13-10-2008

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081013-0151

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 4 DE SAN SEBASTIÁN

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Jesús Stampa Castillo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Donostia-San Sebastián.

Hago saber: Que en autos número 268 de 2008, pieza de ejecución número 67 de 2008, de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Agustín Fernández Igarabide, contra las empresas “Gorelán, Sociedad Limitada”, “Joist, Sociedad Limitada”, “Gorelán Sistemas, Sociedad Limitada”, “Oricons Proyectos Industriales, Sociedad Limitada”, “Magru, Sociedad Limitada”, “Joist Andalucía, Sociedad Limitada”, “Europont Componentes, Sociedad Limitada”, y “Grupo Sut, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia

Ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social, don Ricardo Bandrés Ermua.—En Donostia-San Sebastián, a 22 de septiembre de 2008.

Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en sentencia de fecha 2 de julio de 2008 a las empresas “Joist Andalucía, Sociedad Limitada”, “Gorelán, Sociedad Limitada”, “Joist, Sociedad Limitada”, “Gorelán Sistemas, Sociedad Limitada”, “Oricons Proyectos Industriales, Sociedad Limitada”, “Magru, Sociedad Limitada”, “Europont Componentes, Sociedad Limitada”, y “Grupo Sut, Sociedad Limitada”, en favor del demandante don Agustín Fernández Igarabide, y previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, en la Sala de vistas número 13, planta baja, el día 27 de noviembre de 2008, a las nueve y treinta horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Notifíquese a las partes esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, con expresión de la infracción que se imputa a la resolución impugnada (artículo 452 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil), sin que su mera interposición suspenda la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Magru, Sociedad Limitada”, y “Grupo Sut, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Donostia-San Sebastián, a 22 de septiembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.657/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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