Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081013-0067
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN JUZGADO NÚMERO 5 DE MADRID EDICTO Don Emilio López Durán, secretario del Juzgado de instrucción número 5 de Madrid. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 100 de 2007 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: Sentencia Que se pronuncia en nombre de Su Majestad el Rey, en el ejercicio de la potestad jurisdiccional que la Constitución y el pueblo otorgan.—En Madrid, a 26 de febrero de 2008. Doña Carmen Valcarce Codes, magistrada-juez de instrucción del número 5 de los de esta localidad y su partido judicial, ha visto y oído los autos de juicio verbal de faltas número 100 de 2008, en el que se ha formulado denuncia contra los policías nacionales números 98.006, 94.840, 88.236, 96.905, 91.051, 96.302 y 10.494, doña Adriana Suquillo, doña Tatiana Elizabeth Betancourt Licango, don Luis Alfonso Andrago Sanguña, don Marco Betancourt Saravino, doña Ana Hortensia Llamuka Rojas, doña Blanca Susana Betancourt Saravino, don Francisco Javier Loachamin Muzo y don Marco Vinicio Betancourt Licango, interviniendo también el ministerio fiscal en representación de la acción pública. Fallo Que debo condenar y condeno a don Luis Alfonso Andrago Sanguna, don Marco Betancourt Saravino y doña Ana Hortensia Lamuka Loachamin Muzo, como autores responsables de una falta contra el orden público, a la pena de multa de diez días, a razón de una cuota diaria de 3 euros, y al pago de las costas. Asimismo, debo condenar y condeno a don Luis Alfonso Andrago Sanguna y don Marco Betancourt Saravino, como autores responsables de una falta de lesiones, a la pena de un mes multa, a razón de una cuota diaria de 3 euros, y pago de las costas. En concepto de responsabilidad civil deberán indemnizar, conjunta y solidariamente, al policía nacional número 98.006 en la cantidad de 150 euros por las lesiones. Que debo absolver y absuelvo a don Marco Vinicio Betancourt Licango y a los agentes de policía nacional números 98.006, 94.840, 88.236, 96905, 91.051, 96.302 y 10.494 de la falta por la que inicialmente venían denunciados, declarando de oficio las costas devengadas a su instancia. En caso de impago de multa es de aplicación el artículo 53 del Código Penal que fija un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no pagadas. Impongo, a los condenados, asimismo, el pago de las costas procesales si las hubiera. Únase la presente sentencia al libro correspondiente, dejando testimonio de ella en el procedimiento de referencia. Entréguese copia de la misma a las partes. Así lo pronuncia, manda y firma doña Carmen Valcarce Codes, magistrada-juez de instrucción. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Tatiana Elizabeth Betancourt Lincango, don Marco Betancourt Saravino y doña Ana Hortensia Llamuka Rojas, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 8 de septiembre de 2008.—El secretario (firmado). (03/26.133/08) |

