Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081010-0050
Páginas: 0
C) Otras Disposiciones Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
La Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el día 30 de julio de 2008, examinó el expediente relativo al Plan Parcial del Sector de Suelo Urbanizable 11-1 del Plan General de Ordenación Urbana de Villanueva del Pardillo, promovido por la Junta de Compensación del “Sector SUZ II-I” del Plan General de Ordenación Urbana de Villanueva del Pardillo, adoptando acuerdo del siguiente tenor literal: «En virtud del contenido de los informes, técnico y jurídico, de fechas 20 de junio y 16 de julio de 2008, respectivamente, emitidos por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General en fecha 16 de julio de 2008, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, ACORDÓ Primero Aprobar definitivamente el Plan Parcial de Ordenación del Sector SUZ II-I del Plan General de Ordenación Urbana de Villanueva del Pardillo, debiendo en su ejecución cumplirse las condiciones señaladas en los informes emitidos por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fechas 2 de agosto de 2005 y 17 de abril de 2006; de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de fecha 23 de noviembre de 2006; de la Dirección General de Patrimonio Histórico, de fecha 16 de febrero de 2007; de la Dirección General de Suelo, de fechas 28 de junio de 2007 y 12 de marzo de 2008, obrantes en el expediente. Segundo Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.» En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Parcial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado. Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir. Madrid, a 11 de septiembre de 2008.—El Secretario General, Alfonso Moreno Gómez. (02/13.195/08) |