Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-10-2008

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081010-0061

Páginas: 0


B) Autoridades y Personal

Consejería de Educación

3749 Resolución de 2 de octubre de 2008, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se hace pública la lista de aspirantes que han adquirido una nueva especialidad en el procedimiento convocado por Resolución de 14 de febrero de 2008 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 22).

De acuerdo con lo dispuesto en la base 20, apartado 3, de la Resolución de 14 de febrero de 2008 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 22), por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores Técnicos de Formación Profesional y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los mencionados Cuerpos, una vez comprobado que los aspirantes que han obtenido la calificación de “apto” reúnen los requisitos exigidos en la base 15 de la citada Resolución de convocatoria.

Esta Dirección General

HA RESUELTO

Primero

Hacer pública en el Anexo a la presente Resolución la lista de aspirantes que han adquirido nuevas especialidades en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Música y Artes Escénicas.

Segundo

De acuerdo con lo establecido en el artículo 55 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Accesos y Adquisición de Nuevas Especialidades en los Cuerpos Docentes que Imparten las Enseñanzas Escolares a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como en el apartado 20.4 de la citada Resolución de convocatoria, los Profesores que por la presente Resolución adquieren nuevas especialidades están exentos de la realización de la fase de prácticas.

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 20.5 de la precitada Resolución de convocatoria, la adquisición de una nueva especialidad no supone la pérdida de la anterior o anteriores que se pudiesen poseer. Quienes tengan adquirida más de una especialidad podrán acceder a plazas correspondientes a cualquiera de ellas a través de los mecanismos establecidos para la provisión de puestos de trabajo de los funcionarios docentes, manteniendo todos los derechos que pudieran corresponderles, con referencia a la fecha efectiva de su ingreso en el Cuerpo. Los funcionarios de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profe­sional que hayan adquirido nuevas especialidades, tendrán preferencia, por una sola vez, con ocasión de vacante, para ser adscritos a plazas de la nueva especialidad adquirida en el centro donde tuvieran destino definitivo.

Tercero

Por la Dirección General de Recursos Humanos se expedirá la correspondiente credencial de adquisición de la nueva especialidad.

Cuarto

Contra esta Resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Organización Educativa, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, a 2 de octubre de 2008.—El Director General, Miguel José Zurita Becerril.

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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