Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081010-0030
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C) Otras Disposiciones Consejería de Educación
Vista la Orden 2785/2006, de 19 de mayo, de la Consejería de Educación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de junio de 2006), por la que se establecen las bases reguladoras del Certamen de premios de proyectos científicos para favorecer la Red de Centros GLOBE de la Comunidad de Madrid. Vista la Orden 2272/2008, de 28 de abril, de la Consejería de Educación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de mayo de 2008), por la que se modifican parcialmente las bases reguladoras establecidas en la Orden 2785/2006, de 19 de mayo, y se convoca el V Certamen de premios de proyectos científicos para favorecer la Red de Centros GLOBE de la Comunidad de Madrid. Vistas las Actas de la Comisión Técnica y del Jurado de fecha 16 de julio de 2008, DISPONGO En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la legislación vigente: Primero Conceder el premio por un importe total de 8.060 euros, que irán con cargo a la partida 48500 del programa económico 509, imputándose íntegramente al ejercicio económico de 2008, al centro educativo del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid propuesto en el Acta del Jurado, que seguidamente se relaciona, con el fin de apoyar la realización de las actividades objeto de la convocatoria. Segundo Excluir la solicitud que a continuación se relaciona, por los motivos que se citan: Tercero Hacer efectivo el importe del premio al centro educativo beneficiario, que se efectuará en un único libramiento. Dicho pago se realizará a través de la Dirección de Área Territorial de Madrid-Oeste, de acuerdo al apartado decimonoveno de la orden de convocatoria. Área Territorial Madrid-Oeste Cuarto Las obligaciones del beneficiario se adaptarán a lo dispuesto en el artículo 15 de la Orden 2785/2006, de 19 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras. Quinto De conformidad con lo establecido en el artículo decimosexto de las bases reguladoras del certamen de referencia, la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza se reserva el derecho a la difusión de los trabajos premiados en las condiciones establecidas en dicho apartado. Sexto Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante la excelentísima señora Consejera de Educación, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer. Madrid, a 5 de septiembre de 2008. La Consejera de Educación, LUCÍA FIGAR DE LACALLE (03/26.908/08) |

