Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081010-0029
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C) Otras Disposiciones Consejería de Educación
Vista la Orden 5834/2007, de 23 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de diciembre de 2007), de la Consejería de Educación, por la que se convoca el IV Certamen de coros escolares de la Comunidad de Madrid. Vistas las Actas del Jurado, reunido en Madrid los días 9 mayo y 18 de junio de 2008, DISPONGO Primero Conceder premios por un importe de 44.999,50 euros a los centros y al director de coro propuestos en las Actas del Jurado, que seguidamente se relacionan, por las cuantías que se especifican pormenorizadamente, con el fin de apoyar la realización de las actividades objeto de la convocatoria, con cargo a la partida 48500 del programa 509. Premio a todos los centros que han participado en la fase de selección Mención especial al director de coro mejor valorado, dotada con 1.500 euros, a don Juan Carlos Navarro García-Santos del colegio “La Inmaculada”, Casa de las Escuelas Pías (Getafe). Premio al Coro Revelación, dotado con 1.500 euros, al CEIP “Beatriz Galindo” (Alcalá de Henares). Segundo Excluir, por fuera de plazo y por renuncia voluntaria, a los centros que se mencionan a continuación: Tercero Los premios y menciones concedidos se harán efectivos en un único pago, una vez finalizado el acto de clausura del certamen. En el caso de los centros concertados, los libramientos se remitirán a nombre de los centros que hayan sido premiados. En el caso de los centros de titularidad pública, el pago se realizará a través de las Áreas Territoriales con el siguiente desglose: Cuarto La Consejería de Educación y la Intervención General de la Comunidad de Madrid podrán realizar, mediante los procedimientos legales pertinentes, las comprobaciones necesarias respecto al destino y aplicación de los fondos, sin perjuicio de las que pueda efectuar el Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes. Quinto Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante la excelentísima señora Consejera de Educación, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir. Madrid, a 5 de septiembre de 2008. La Consejera de Educación, LUCÍA FIGAR DE LACALLE (03/26.909/08) |