Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081010-0025
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C) Otras Disposiciones Consejería de Educación
Vista la Orden 2354/2008, de 30 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de mayo de 2008), de la Consejería de Educación, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el VI Certamen de premios al diseño y contenidos de sitios web de centros docentes de la Comunidad de Madrid y, Vistas las Actas de la Comisión Técnica y del Jurado de fecha 10 de julio de 2008, DISPONGO Primero Conceder los premios, por un importe total de 30.000 euros, a los centros educativos del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid propuestos en el Acta del Jurado, que seguidamente se relacionan, con el fin de apoyar la realización de las actividades objeto de la convocatoria. Segundo El importe total de los premios concedidos asciende a un total de 30.000 euros que irán con cargo a la partida 48290 del programa económico 509, imputándose íntegramente al ejercicio económico de 2008. Tercero Hacer efectivo el importe de cada premio a los centros educativos beneficiarios, que se efectuará en un único plazo, de acuerdo al artículo sexto de las bases reguladoras. El correspondiente pago a los centros docentes se hará a través de las Áreas Territoriales correspondientes, con el siguiente desglose: Cuarto Excluir las solicitudes, por los motivos que se citan a continuación: Quinto Las obligaciones de los beneficiarios se adaptarán a lo dispuesto en el artículo ocho de las bases reguladoras. Sexto De conformidad con lo establecido en el artículo noveno de las bases reguladoras, la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza se reserva el derecho a la difusión de los trabajos premiados en las condiciones establecidas en dicho apartado. Séptimo Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante la excelentísima señora Consejera de Educación en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, o directamente recurso contenciosoadministrativo ante la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer. Madrid, a 12 de septiembre de 2008. La Consejera de Educación, LUCÍA FIGAR DE LACALLE (03/26.911/08) |

