Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-10-2008

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081009-0037

Páginas: 0


B) Autoridades y Personal

Consejería de Educación

3736 RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2008, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la Resolución de 9 de julio de 208, por la que se declara deudora en el procedimiento de reintegro de cantidades satisfechas indebidamente en nómina a la trabajadora doña Manuela Venegas Ariza.

Esta Dirección General ha dictado la Resolución de referencia por la que se inicia el procedimiento de reintegro de cantidades satisfechas indebidamente en nómina a la trabajadora doña Manuela Venegas Ariza. La notificación a la interesada se ha intentado conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar la Resolución de 3 de junio de 2008, cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimismo, se informa a la interesada de que también se efectúa la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

Madrid, a 29 de septiembre de 2008.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

ANEXO

La trabajadora doña Manuela Venegas Ariza, personal laboral con categoría de Auxiliar de Control e Información en el IES “Enrique Tierno Galván”, de Parla, dejó de prestar servicios por incorporación del titular con fecha 19 de junio de 2007. No obstante, con posterioridad a la fecha de baja, se le acreditaron y percibió indebidamente, a través de la nómina de personal laboral destinado en centros docentes o universitarios adscritos a la Dirección de Área Territorial Madrid-Sur de esta Consejería, los haberes correspondientes al período comprendido entre el 20 y el 30 de junio de 2007.

Por Resolución de esta Dirección General, de fecha 9 de mayo de 2008, se inició el procedimiento de reintegro de cantidades satisfechas indebidamente en nómina previsto en la Orden de 23 de mayo de 2001, del Consejero de Presidencia y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 135, de 8 de junio), y habida cuenta de que, dentro del plazo de audiencia, la interesada no presentó alegaciones ni procedió a la devolución de la cantidad indebidamente percibida.

Esta Dirección General, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el Decreto 118/2007, de 2 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 207, de 31 de agosto), y con base en lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 258, de 27 de noviembre),

RESUELVE

Declarar deudora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid a doña Manuela Venegas Ariza, con número de identificación fiscal 74901775-K, por la cantidad de 478,46 euros, haberes correspondientes al pago que se le efectuó, con fecha 29 de junio de 2007, en concepto de haberes del 20 al 30 de junio de 2007, acreditados y percibidos indebidamente al causar baja por incorporación del
titular.

El período de pago voluntario se iniciará a la fecha de la recepción de la notificación de esta Resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria:

— Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

— Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Podrá realizar el pago para la extinción de la deuda utilizando el impreso normalizado modelo 039, que se adjunta. Para acreditar el ingreso, se remitirá el ejemplar para la Administración de dicho modelo 039, con la correspondiente impresión mecánica efectuada por la entidad bancaria al Servicio de Coordinación de Nóminas de las DAT de esta Dirección General, sito en Gran Vía, número 3, planta tercera.

Si, transcurrido el período de pago voluntario no ha sido cancelada la deuda, se procederá a su cobro en período ejecutivo, con el correspondiente devengo de recargos del período ejecutivo y de los intereses que legalmente correspondan.

Contra la presente Resolución podrá interponerse reclamación administrativa previa a la vía judicial laboral ante el Consejero de Educación, de conformidad con lo previsto en los artículos 125 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de los treinta días siguientes a la fecha de la notificación de la misma.

Madrid, a 9 de julio de 2008.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

(03/27.094/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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