Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
19-07-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190719-159

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2

159
Toledo número 2. Ejecución 7 de 2019, notificación a Estructuras Zulver, S. L.

EDICTO

Don Juan Antonio Muñoz Sánchez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales número 7 de 2019 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Ali Bouhadou Bouhadou, contra la empresa Estructuras Zulver, S. L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Auto

La magistrada-juez, doña Sabina Arganda Rodríguez.—En Toledo, a 20 de marzo de 2019.

Antecedentes de hecho

Parte dispositiva:

Dispongo: despachar orden general de ejecución de sentencia número 324 de 2018 a favor de la parte ejecutante, don Ali Bouhadou Bouhadou, frente a Estructuras Zulver, S. L., parte ejecutada, por importe de 4.209,28 euros en concepto de principal, más otros 840 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Así lo acuerda y firma su señoría, doy fe.—El magistrado-juez (firmado).—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

Y para que sirva de notificación en legal forma a Estructuras Zulver, S. L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán por sede electrónica.

En Toledo, a 13 de junio de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/23.871/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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