DECRETO 101/2022, de 21 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establecen las fiestas laborales para el año 2023 en la Comunidad de
Madrid. ()
El Texto Refundido de
la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2015, de 23 de octubre; la Ley 8/1984, de 25 de abril, declarando fiesta de
la Comunidad de Madrid la jornada del 2 de mayo, y el artículo 45 del Real
Decreto 2001/1983, de 28 de julio, modificado por el artículo único del Real
Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre, y declarado expresamente en vigor por la
disposición derogatoria única del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre,
establecen las decisiones que puede adoptar la Comunidad de Madrid en relación
con la celebración en su territorio de las fiestas laborales de ámbito
nacional.
En su virtud, oídos
los Grupos Parlamentarios de la Asamblea de Madrid, la Iglesia Católica y las
instituciones económicas y sociales representativas en la Comunidad de Madrid,
a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, previa
deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día de la fecha,
DISPONE
Apartado único.- Calendario laboral para el año 2023
El calendario laboral
resultante para el año 2023 en el ámbito de la Comunidad de Madrid es el que se
relaciona en el Anexo que se incorpora al presente decreto, sin perjuicio de
las dos fiestas locales que, además, corresponda celebrar en cada municipio.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Comunicación al Ministerio de Trabajo y Economía
Social
De lo dispuesto en el
presente Decreto se dará traslado al Ministerio de Trabajo y Economía Social
antes del 30 de septiembre de 2022.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Producción de efectos
El presente Decreto
producirá efectos el día de su publicación en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.
ANEXO
FIESTAS LABORALES DE LA
COMUNIDAD DE MADRID PARA EL AÑO 2023 (1)
6 de enero
(viernes), Epifanía del Señor.
20 de marzo (lunes),
traslado de la festividad de San José.
6 de abril, Jueves
Santo.
7 de abril, Viernes
Santo.
1 de mayo (lunes),
Fiesta del Trabajo.
2 de mayo (martes),
Fiesta de la Comunidad de Madrid.
15 de agosto
(martes), Asunción de la Virgen.
12 de octubre
(jueves), Fiesta Nacional de España.
1 de noviembre
(miércoles), Todos los Santos.
6 de diciembre
(miércoles), Día de la Constitución Española.
8 de diciembre
(viernes), Día de la Inmaculada Concepción.
25 de diciembre
(lunes), Natividad del Señor.
1
Además de las doce fiestas relacionadas, se celebrarán en cada municipio dos
fiestas locales.
Este documento no tiene valor
jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la
publicación oficial.