ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL INSTITUTO
UNIVERSITARIO DE INVESTIGACIÓN EN CIENCIAS POLICIALES EN LA UNIVERSIDAD DE
ALCALÁ.
ACUERDO de 17 de marzo de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se
crea el Instituto Universitario de Investigación en Ciencias Policiales en la
Universidad de Alcalá. ()
El Consejo de Gobierno de la Universidad
de Alcalá, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley
Orgánica 4/2007, de 12 de abril, ha propuesto la creación del Instituto
Universitario de Investigación en Ciencias Policiales. Esta propuesta cuenta
con el informe favorable del Consejo Social de dicha Universidad. En este
Instituto concurren los requisitos que contempla la citada Ley y que
caracterizan a los institutos universitarios como centros dedicados
fundamentalmente a la investigación científica y técnica o a la creación
artística, sin perjuicio de que puedan realizar actividades docentes en
enseñanzas especializadas y asesoramiento técnico en el ámbito de sus
competencias.
El citado centro se prevé en un
convenio de colaboración entre la Secretaría de Estado de Seguridad del
Ministerio del Interior y la Universidad de Alcalá, celebrado el 28 de mayo de
2007. En este sentido el artículo 96 de los Estatutos de la Universidad de
Alcalá, aprobados por Decreto 221/2003, de 23 de octubre, define a los
institutos mixtos como aquellos que han sido creados por convenio con otras
instituciones. El Instituto Universitario de Investigación en Ciencias
Policiales se configura como un centro de investigación en materia policial que
dirige sus líneas de acción a la realización de proyectos de investigación en
las áreas relacionadas con la investigación policial, la criminología y la
criminalística, abarcando ámbitos como la antropología forense, la genética
forense, la psicología criminal, acústica e imagen forenses y el derecho
procesal y penal, entre otras líneas. Es, por tanto, un proyecto
multidisciplinar y cubre diversas áreas relacionadas con las ciencias
policiales.
La propuesta de creación del Instituto
Universitario de Investigación en Ciencias Policiales ha contado, por un lado,
con el informe favorable de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva,
asegurándose con ello su calidad desde el punto de vista de la investigación.
Por otro lado, la Memoria económica presentada y las fuentes de financiación a
través de proyectos de investigación y el convenio con la Secretaría de Estado
de Seguridad del Ministerio del Interior, asegura la solvencia financiera del
Instituto. Por todo ello, el Gobierno de la Comunidad de Madrid, cumplidas las
previsiones legales, estima conveniente aprobar la propuesta de la Universidad
de Alcalá.
En su virtud, de conformidad con lo
previsto en el artículo 21 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y
Administración de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 10 de la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; previo informe favorable
del Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, según establece el
artículo 5.a) de la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria; a
propuesta de la Consejera de Educación y previa deliberación, el Consejo de
Gobierno, en su reunión del día 17 de marzo de 2011,
ACUERDA
Primero
Se crea el Instituto Universitario de
Investigación en Ciencias Policiales, en la Universidad de Alcalá.
Segundo
El Instituto Universitario de
Investigación en Ciencias Policiales se regirá por la Ley Orgánica 6/2001, de
21 de diciembre, de Universidades, por los Estatutos de la Universidad de
Alcalá, por el convenio de colaboración celebrado entre la Secretaría de Estado
de Seguridad del Ministerio del Interior y la Universidad de Alcalá y por el
Reglamento de -Régimen Interno del Instituto.
Tercero
El período de vigencia de las
actividades del Instituto de Investigación en Ciencias Policiales tendrá
carácter indefinido en tanto se acredite el cumplimiento de las circunstancias
que han aconsejado su creación. Para ello el Instituto, a través de la
Universidad de Alcalá, pondrá en conocimiento de la Consejería de Educación la
Memoria anual de actividades.
Cuarto
La financiación del Instituto
Universitario de Investigación en Ciencias Policiales se realizará con recursos
propios, sin que pueda recibir aportaciones con cargo al presupuesto de la
Universidad ni procedentes de las transferencias que la Comunidad de Madrid
realiza a la Universidad.
Quinto
La Consejería de Educación realizará el
seguimiento de la actividad investigadora del Instituto de Investigación en
Ciencias Policiales.